Calidad y Prácticas Seguras en el área de Enfermería en Salud Laboral

 

Calidad y Prácticas Seguras en el área de Enfermería en Salud Laboral

IMPORTANCIA DEL PAE EN LA VIGILANCIA LABORALY SEGURIDAD DEL PACIENTE

 

INTRODUCCIÓN

El campo de la salud  en el trabajo es complejo y requiere la atención de diferentes disciplinas que coadyuven al cumplimiento de su misión.

En esta área como en otras, la enfermería cumple la noble función bajo la perspectiva fundamental de la prevención y la promoción de la salud antes que el enfoque meramente curativo y por ello, su aporte es trascendental.

Con el objetivo de prestar una atención de calidad al trabajador, la Enfermería del Trabajo dispone de una herramienta útil para ello, el Proceso de Atención de Enfermería (PAE) aplicado a la salud laboral, teniendo en cuenta que todas las personas tienen necesidades de cuidados, que el estado de salud es un condicionante para los mismos y que cada ser humano responde de manera particular a esas necesidades

La participación de Enfermería del Trabajo en el diagnóstico precoz de patologías de origen laboral tiene una doble vertiente: por un lado, la aplicación del PAE en las áreas asistencial, de gestión, legal y pericial es una herramienta útil para la colaboración en ese diagnóstico precoz (sobre todo con las fases iniciales de Valoración y Diagnósticos Enfermeros) y por otro lado, en las áreas de prevención, docencia e investigación, utilizando los datos aportados de pruebas complementarias y resultados de los test y cuestionarios que complementan los protocolos específicos de los exámenes de salud laboral.

 

HISTORIA

 El registro más antiguo de una enfermera  laboral  fue la contratación de  Phillipa Flowerday para la firma J&J Colman en Inglaterra en 1878, aquí Flowerday asistió al médico en el servicio médico, visitó empleados enfermos y sus familias en sus propias casas.

 

MARCO LEGAL

Ley 31/1995 de 8.11. de Prevención de Riesgos Laborales (Jef. Estado, BOE 10.11.1995) La Ley de Prevención de Riesgos Laborales es la norma legal más importante en Salud laboral. Regula la actuación de los empresarios, de los trabajadores, de los Servicios de  prevención y de la Administración Pública.

La vigilancia de la salud aparece principalmente en los artículos 14.2 y 22 en los que se especifica la obligación del empresario de garantizar la vigilancia de la salud de los trabajadores y las características de la misma; y en el artículo 28.3, en el que se marca la obligación de vigilancia periódica de salud a los trabajadores con contrato temporal y los puestos a disposición por las empresas de trabajo temporal.

 

Orden SAS/1348/2009, de 6 de mayo1_

Ámbitos que maneja el enfermero de salud laboral entre ellos:

a) Servicios de prevención de riesgos laborales en sus distintas modalidades.

b) Servicios de prevención/servicios médicos de empresa/unidades relacionadas con un medio laboral concreto (aeroespacial, subacuático, marítimo, deportivo, de inspección, educativo….).

c) Centros sanitarios, servicios, unidades, instituciones de las administraciones públicas y cualquier otra entidad pública o privada con competencias en prevención de riesgos laborales/salud laboral.

Con la aprobación de la especialidad y el comienzo de la formación de especialistas, ha contribuido a  que estos procesos de selección se incrementen a medida que las necesidades y la presencia de especialistas formados crezcan.

 

En la página web del Ministerio de Sanidad y Política Social, se expone una clasificación de la actividad sanitaria de los servicios de prevención, en función de los riesgos laborales en el marco de las actividades de prevención  en la cual se refleja la importancia de la participación de Enfermería del Trabajo junto a otros profesionales no sanitarios, como son los técnicos en prevención de riesgos laborales.

 

Actividades sanitarias

1. Participación en los exámenes de salud laboral.

2. Realización de actividades docentes e investigadoras.

3. Ejecución de campañas de vacunación.

4. Prestación de cuidados de urgencia y primeros auxilios.

5. Colaboración junto con el técnico en prevención, en la identificación y evaluación de riesgos de los trabajadores.

 

La vigilancia de la salud nos ayuda a:
● Identificar los problemas: en sus dos dimensiones, la individual (detección precoz, trabajadores susceptibles, adaptación de la tarea) y la colectiva (diagnóstico de situación y detección de nuevos riesgos)

● Planificar la acción preventiva: estableciendo las prioridades de actuación.

● Evaluar las medidas preventivas: controlando las disfunciones o lo que es lo mismo sirviendo de alerta ante cualquier eclosión de lesiones pese a la existencia de unas condiciones de trabajo en principio correctas y evaluando la eficacia del plan de prevención favoreciendo el uso de los métodos de actuación más eficaces.

 

En la elaboración de un programa de vigilancia de la salud se deben tener en cuenta las siguientes fases:

 

a. Determinación de objetivos:  tanto los individuales como los colectivos. A modo de ejemplo diremos que los principales objetivos colectivos de la vigilancia de la salud en la empresa son la valoración del estado de salud de los trabajadores, la disponibilidad de una alerta sobre posibles situaciones de riesgo y la evaluación de la eficacia del plan de prevención.

 

b. Determinación de actividades: siempre en relación a los objetivos y a los mínimos legales exigidos, deberemos decidir el contenido de la vigilancia de la salud que dependerá naturalmente de las características tanto del riesgo como de la alteración derivada del mismo, así como de la población y de los recursos humanos, técnicos y económicos.

 

c. Realización: siempre por personal sanitario cualificado [art. 22.6 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y 37.3 del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP)]

 

d. Elaboración de conclusiones y recomendaciones ateniéndonos a lo consignado en la LPRL (art. 22.4 y 23) y en el RSP (art.15.2) en lo concerniente a confidencialidad y documentación.

 

e. Evaluación de la actividad  en relación a la cumplimentación de objetivos, al contenido de la vigilancia y a los recursos utilizados. Es decir se deben evaluar tanto el proceso como el impacto y los resultados de la acción preventiva.

Intervenciones de Enfermería

 

Según lo propuesto por las asociaciones de enfermería en salud laboral más importantes en el mundo tales como la AAOHN de Estados Unidos y  la Federación de Enfermería en Salud laboral de la Unión Europea, existe un consenso de principales áreas de intervención enfermería en la salud ocupacional que comprende lo siguiente:

 

*      Protección, prevención y promoción de la salud

*      Evaluación y diagnóstico de la salud de los trabajadores

*      Vigilancia de las condiciones de trabajo y detección de riesgos

*      Cuidados primarios de salud

*      Consultoría y asesoría

*      Gerencia y control administrativo de salud laboral

*      Marco ético-legal

*      Colaboración comunitaria

 

PAE

 

1. ENFERMERÍA DEL TRABAJO EN LA VALORACIÓN DEL PAE

2. ENFERMERÍA DEL TRABAJO EN EL DIAGNÓSTICO DEL PAE

3. ENFERMERÍA DEL TRABAJO EN LA PLANIFICACIÓN DEL PAE:

Orden de prioridades en el tratamiento de los problemas.

Objetivos a conseguir.

Acciones de Enfermería

4. ENFERMERÍA DEL TRABAJO EN LA EJECUCIÓN DEL PAE

5. ENFERMERÍA DEL TRABAJO EN LA EVALUACIÓN DEL PAE:

1) Recogida de datos sobre el estado de salud/problema/diagnóstico que se quiere evaluar

2) Comparación con los resultados esperados y un juicio sobre la evolución del trabajador hacia la consecución de los resultados esperados

 

CONCLUSIONES

 

El Proceso de Atención de Enfermería, tiene aplicación en todas y cada una de sus etapas en el ámbito de la salud laboral, favoreciendo:

El Enfermero del Trabajo, como especialista del ámbito de la salud, viene obligado a realizar sus funciones enfermeras, acorde al grado de diligencia exigible a una mayor cualificación profesional.

 Continuidad de la atención al trabajador, puesto que la característica dinámica de este Proceso de Atención de Enfermería, obliga a trabajar sobre las situaciones nuevas que puedan afectar al trabajador, así como conocer los progresos o recaídas de forma inmediata, evitando sorpresas desagradables tanto para la Enfermero del Trabajo como para el  trabajador.

Participación por parte del trabajador en la toma de decisiones y colaboración para su propia salud y mejora de su lesión, siempre que esto sea posible y no dificulte el proceso de curación.

 

Prestación de cuidados con más calidad, aumentado la eficiencia y la eficacia del trabajo, propiciando una curación más fácil y rápida, así como favorecer la comunicación permitiendo que el Enfermero del Trabajo tenga una mejor relación con el trabajador, facilitando así el tratamiento y resultados más positivos y seguro.   

La enfermería tiene una contribución importante que realizar en la planificación y la toma de decisiones en materia de servicios de salud, así como en la elaboración de políticas sanitarias adecuadas y eficaces.

Pueden y deben contribuir a la política pública en relación con la preparación de los trabajadores de la salud, los sistemas de prestación de cuidados, la financiación de la sanidad, la ética en la atención de salud y los factores determinantes de la salud (CIE 2008a)

 

 

 

BIBLIOGRAFÍA

 

1. Orden SAS/1348/2009, de 6 de mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería del Trabajo, BOE núm. 129, de 28 de Mayo.      

 

2. Ministerio de Sanidad y Política Social. Vigilancia de la Salud de los trabajadores. Disponible en: http://www.msc.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/saludLaboral/vigiTrabajador...

3. Sanz-Gallén, P.;Izquierdo, J.; Prat Marín, A.; Manual de Salud Laboral. Barcelona: Springer-Verlag Ibérica; 1996.        

 

4. Benavent Garcés, Ma Amparo; Ferrer Ferrandis, Esperanza; Francisco del Rey, Cristina; Fundamentos de Enfermería. 2a Edición. Valencia: DAE; 2009.        

 

5. Ministerio de Sanidad y Política Social. Vigilancia de la Salud de los trabajadores Disponible en: http://www.msc.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/saludLaboral/vigiTrabajador...

6. Vázquez Chozas, José María; Muñoz González, Asunción; El Proceso de Atención de Enfermería, Teoría y Práctica. Alcalá de Guadaíra, Sevilla: MAD;2007.        

 

7. Orden de 07-07-99 de la Consejería de Sanidad, de la historia clínico-laboral. D.O.C.M. no 49 de 23 de julio de 1999.        

 

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